lunes, 11 de enero de 2016

La tesis doctoral del huercalense Francisco Javier Ávila obtiene la calificación de Sobresaliente Cum Laude

La tesis doctoral titulada “Polarización y microscopía multifotónica para el análisis de estructuras oculares”, presentada por Francisco Javier Ávila y dirigida por el profesor de Óptica de la Universidad de Murcia Juan Manuel Bueno, compara los tejidos de colágeno sanos y enfermos mediante una relevante técnica microscópica para predecir la aparición de patologías. El análisis cualitativo de una patología en un tejido se hace normalmente a través de una biopsia, pero en este trabajo se ofrece una herramienta para caracterizar y cuantificar, por cualquier operador y a través de una calificación numérica, la organización de las fibras de colágeno que forman ciertos tejidos, con el objeto de diferenciar entre tejidos sanos y patológicos.

Para analizar este tipo de tejidos existen varios métodos. En concreto, en este estudio se ha empleado la microscopia multifotónica de polarización, una técnica que presenta algunas ventajas frente a técnicas más habituales (lineales), que sólo son capaces de absorber un fotón y devolver otro. “Al analizar con microscopía multifotónica se puede penetrar más en el tejido a estudiar sin quemarlo ni dañarlo, ya que esta técnica permite absorber dos e incluso tres fotones infrarrojos a la vez y no precisa de procesos de tinción previos”, señala Francisco Javier Ávila, autor de la tesis. Cuando un tejido enferma cambia su estructura (orden externo), pero este cambio viene provocado por otro cambio a un nivel mucho más interno: a escala molecular. Según Juan Manuel Bueno, director de la tesis, “con el uso de la polarización se puede obtener información molecular a partir de medidas microscópicas de estructura”. Por tanto, el uso de la microscopía multifotónica con polarización permite obtener información a nivel moleculares sin utilizar un “nanoscopio” (cualquier instrumento que permita la observación a nivel sub-micrométrico) para detectar patologías en los tejidos. “De este modo se podrán predecir los cambios internos (moleculares) del tejido antes de que se manifiesten en la distribución externa de las fibras de colágeno, es decir, en la etapa previa a la aparición la enfermedad”, destaca Bueno. La tesis doctoral, que ha obtenido la calificación de Sobresaliente Cum Laude, incluye además “un método polarimétrico para reconstruir imágenes en 3D que facilitan la visualización de los tejidos en detalle y que pueden ser cruciales en el diagnóstico clínico”, concluye Ávila. 

Aunque en esta tesis se ha trabajado con tejidos que componen el ojo, los resultados obtenidos pueden aplicarse a cualquier tejido enfermo del organismo, en particular los afectados de cáncer o que han sufrido daño externo, ya que el 90% de los tejidos humanos están formados por colágeno













Francisco Javier Ávila Con el presidente de la Sociedad Española de Optica y el presidente de la Optical Society of America y director del Instituto Max Plank, Phillip Russel, durante la Reunión nacional de Optica en Salamanca, entregándome el premio "contribución excepcional a la ciencia de jóvenes científicos"

OIL BAROL

Un escándalo económico pone patas arriba el consorcio de basuras Almanzora-Levante

La recogida de basura es una de la mayores contrataciones de la provinciaTELEPRENSA.- Sueldos de más de 5.000 € para un gerente o hasta 160.000 € al hijo de éste por asesoramiento jurídico, son algunos de los documentos que empiezan a aflorar sobre el Consorcio Almanzora- Levante- Los Vélez para la recogida y tratamiento de residuos urbanos. 
Los datos económicos pasan a convertirse en escándalo cuando hasta se sospecha que cargos directivos podrían haber estado cobrando de la entidad pública aún con más de 70 años de edad, sobrepasando así la edad máxima de jubilación si bien es cierto que existe una enorme controversia sobre la exigencia de cumplir esta norma en entidades de este tipo. Este mismo consorcio ha sido recientemente reprendido en un informe de la Fiscalía en el que se advierte que el actual presidente, el alcalde de  Olula del Río (PP), fue elegido con un sistema contrario a lo que establecen sus estatutos.
Tras las últimas elecciones municipales el PP cambió la reglas de juego del consorcio para provocar que el presidente fuese elegido por la mayoría de los votos presentes en el consejo y no, como establece la norma, por una media ponderada de la población que representa que cada uno de los municipios, que es lo que marcan los estatutos de la entidad. 
El resultado es que, a día de hoy, en vez de dirigir un alcalde del PSOE lo hace uno del PP, que intentaba evitar por todos los medios perder el control sobre el consorcio que gestiona el mayor contrato de basuras de toda la provincia de Almería y que atiende nada menos que a 46 poblaciones de Almanzora, Levante y Los Vélez.
Tanta preocupación por la pérdida de su control político ha llevado a los distintos alcaldes ajenos al PP a pedir información sobre los movimientos económicos de la entidad y pese a que han tenido todo tipo de trabas para acceder a ella los primeros datos que empiezan a salir a la luz arrojan enormes sombras sobre el modelo de gestión. Facturas de 56.343,64 €, 41.672,76 €, 37.324,92 €, 12.260,93 €, 9.438,00 € entre otras y de un mismo abogado y siempre con los mismos conceptos, ya fuese “asesoramiento, recursos y representación en litigios” o sencillamente “recursos y representación en litigios”. Por estos mismos conceptos y en esas mismas fechas facturaban hasta siete despachos o profesionales distintos, pero causalmente el que mayor tajada sacó fue precisamente un familiar directo del gerente de la entidad que, además, por encima de la edad de jubilación habitual podría haber seguido cobrando unos honorarios de más de 5.000 euros mensuales en una de las comarcas con mayor tasa de paro.
El consorcio se encuentra en estos momentos bajo investigación por la rocambolesca fórmula en la que se ha intentado perpetuar la presidencia de un alcalde del PP en la entidad instaurando un sistema propio de elección pero contrario a la norma por la que, supuestamente,  se rige la entidad.



Fuente:teleprensa.com















Facturas falsas por trabajos en el Hospital de Huércal Overa

Dos empresas pagaron a un albañil asturiano más de 611.000 euros por trabajos que no realizó y que han supuesto una sanción cercana al millón de euros

Una factura de falsa de 34.916 euros emitida en el año 2005 por obras en el Hospital de Huércal Overa, es sólo una parte de los 611.104 euros que un albañil asturiano llegó a cobrar en dos años de dos empresas –vinculadas entre sí- a quienes se adjudicaron servicios en distintas administraciones públicas, especialmente en Andalucía.
Según la documentación del Tribunal Económico Administrativo Regional del Principado de Asturias a la que ha tenido acceso Noticias de Almería, es en febrero de 2008 cuando se inicia la investigación sobre este trabajador autónomo, inscrito en el epígrafe 501.3 del Impuesto de Actividades Económicas, que corresponde a “albañilería y pequeños trabajos de construcción”, y a quien el 24 de noviembre de ese mismo año se le descubre una deuda con la Hacienda Pública de 21.756,66 euros, a la que se le suma una multa de 8.553,79 euros.
Aunque el “obligado tributario” da su conformidad y está dispuesto a pagar, el 4 de diciembre se paraliza el proceso para hacerle una investigación más profunda, solicitándole que aporte tanto las facturas emitidas por sus trabajos, como todo aquello que tenga que ver con la realización de los mismos en el ejercicio en cuestión.
Resultado de la misma es que el Tribunal Económico Administrativo Regional del Principado de Asturias el 30 de septiembre de 2010 le impone una multa por importe de 916.792,62 euros, por la Dependencia Regional de Inspección de la Delegación Especial de Asturias de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, lo que ahora ha confirmado el Tribunal Económico Administrativo Central.
Ejercicio 2005, emisión de facturas que no se corresponden con auténticas entregas de bienes/ prestaciones de servicios, sancionadas en el 75% importe base de la sanción, esto es, 305.000 euros, incrementado en el otro 75%, al tener el carácter de muy grave con incumplimiento sustancial en el deber de facturación que afecta a más del 20% de las operaciones sujetas al deber de facturación, que en el ejercicio analizado asciende a 346.650 euros. Total sanción 457.500 euros. Ejercicio 2006 emisión de facturas que no se corresponden con auténticas entregas de bienes/ prestaciones de servicios, sancionadas en el 75% importe base de la sanción, esto es, 306.195,08 euros, incrementado en el otro 75%, al tener el carácter de muy grave con incumplimiento sustancial en el deber de facturación que afecta a más del 20% de las operaciones sujetas al deber de facturación, que en el ejercicio asciende a 476.677,65 euros. Total sanción 459.292,62 euros.

A la Inspección de Hacienda le sorprende –y así queda reflejado- que “el interesado carecía de trabajadores, de imputaciones de compra y de cualquier tipo de infraestructura económica para realizar los trabajos facturados que, además, se ubicaban en territorios distantes de Asturias: Almería, Málaga, Cádiz, Puerto Real, Sevilla, Jaén...” Además se produce otra circunstancia llamativa, y es que “las citadas facturas se cobraron en una cuenta de la que era titular el interesado pero que los fondos recibidos al respecto tuvieron una salida casi inmediata sin que se haya justificado el destino de los mismos.”

Como hemos señalado son dos las empresas a las que les factura, se trata de ASIME SA y MANTELEC SA, que según ha contrastado este medio, están vinculadas entre si, y su trabajo está centrado en los servicios eléctricos y electrónicos a centros sanitarios. La primera le pagó, 509.814,38 euros, y la segunda 101.290 euros, siendo la base imponible total de 305.000 euros en el 2005 y de 306.195,08 euros en el 2006, correspondientes a “facturas a lo largo de los periodos comprobados que no se correspondían con auténticas prestaciones de servicios realizadas por él” según recoge el acta.

Ya en el acuerdo sancionador inicial de 10 de marzo de 2010, se afirma que «no ejerce ninguna actividad económica como empresario individual habiéndose construido una apariencia externa y formal de tal actividad, dándose de alta como empresario emitiendo facturas falsas y proporcionando documentos sin soporte material a trabajadores de la empresa».

La Administración ha considerado que existe una clara negligencia en el obligado tributario y ello porque considera que las facturas que ha emitido por unos importes totales de 509.814,38 euros a ASIME, SA y de 101.290 euros a MANTELEC, SA no se corresponden con una verdadera prestación de servicios y de entrega de bienes a dichas mercantiles. Es decir, considera que son facturas con datos falsos porque no se corresponden con una verdadera prestación de servicios. Y la Administración justifica la imposición de la sanción de multa refiriendo que el interesado que está dado de alta en el epígrafe IAE correspondiente a la actividad de albañilería y de pequeños trabajos de construcción y que en los ejercicios económicos objeto de la Inspección tributaba en el Impuesto sobre el Valor Añadido con arreglo al régimen de estimación objetiva “sin embargo, factura por la realización de unos servicios cuyos importes son tan elevados que exigen una infraestructura personal y económica de la que carece”.


En la anterior conclusión destacan los siguientes indicios: “no dispone de trabajadores por cuenta ajena, no constan compras de materiales o gastos en general que puedan justificar el desarrollo de los servicios facturados, no tiene local alguno, carece de una mínima infraestructura administrativa para la ejecución de las obras facturadas, no acredita con que posibilidades materiales cuenta para poder implicarse empresarialmente fuera del territorio donde tiene su domicilio, como es Oviedo, toda vez que los servicios por los que ha facturado se han realizado en Leganés (Madrid), Almería, Málaga, Cádiz, Puerto Real, Sevilla o Jaén y en la mayoría de las veces, tal como se aprecia de las fechas, conceptos e importes de las facturas, se emiten las facturas en relación con obras muy dispares en el espacio y por una diferencia temporal tan escasa que, sin más datos, lleva a la convicción de que los servicios facturados eran inexistentes al ser incompatibles con las posibilidades empresariales de la persona que ha emitido las facturas así como por la inexistencia de gastos correlacionados con dichas facturas”.

Como ejemplo de lo expuesto se destacan las siguientes facturas que figuran en el expediente administrativo: a la mercantil ASIME, SA se le gira en fecha 30 de agosto de 2005 una factura en relación con obras en el Hospital Severo Ochoa de Leganés por importe de 34.684 euros; un mes después, el 20 de septiembre de 2005 se gira una nueva factura a la misma mercantil por importe de 34.916 euros por obras en el Hospital de Huercal Overa (Almería); y veinte días después, el 11 de octubre de 2005 por obras en Hospital Virgen de la Victoria (Málaga) por importe de 33.118 euros.

El albañil en su defensa afirma que los servicios facturados si se han realizado en este caso a través de subcontratistas, pero para poder dar validez a esa afirmación “debió, al menos, determinar quiénes fueron, en que periodos temporales actuaron, que precios se les abonaron” pero “nada de esto existe ni en la vía administrativa ni se ha demostrado en la vía judicial”.

Lo que no se aclara en toda esta rocambolesca historia, es el motivo por el que dos empresas que trabajan para las administraciones públicas, pagaron a una persona facturas por más de 611.000 euros, sin que éste hiciera absolutamente nada, y a la que curiosamente tampoco denunciaron por no hacerlo.



Fuente:noticiasdealmeria.com

Derrota del equipo huercalense en el hornillo


HUÉRCAL-OVERA C.F 1 -  F.C. PINATAR 2



Huércal-Overa C. F: Ismael, Linares, Miras, Juli, Lloris, Selu, Ramos, Alex (Moreno, m. 68), Ferri, Pardo (Tabala, m. 46) y Carmona.


F. C. Pinatar: Lolo, Zaragoza, Mario, Fernando, Gabi, Núñez, García (Patric, m. 30), Muñoz, Luján (Coki, m. 65), Costa y Crespo (Pepe, m. 88).


Goles: 0-1: m. 36, Patric. 0-2: m. 84, Coki. 1-2: m. 85, Tabala.



Árbitro: Andreu Caravaca, Antonio
Tarjetas: Amonestó por los locales a Miras y por los visitantes a Manu Vidal, Vicente Zaragoza, Mario, Verdú, Patricio, Pepe
Incidencias:  Alrededor de 300 espectadores en el hornillo. 
El partido estuvo parado durante 15 minutos por lesión de un jugador visitante que tuvo que ser evacuado en ambulancia













 



































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